Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0062/2009
Fecha: 12-Feb-2009
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. Jaime Ampuero García
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AUTO SUPREMO Nº 062 - Social Sucre, 12 de febrero de 2009
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CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada (fs
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Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, planteado por el apoderado de
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Concluyó solicitando que este Tribunal case el auto de vista y, deliberando en el fondo,
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CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, revisando los antecedentes del proceso, se determina lo
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Es decir, en definitiva, la relación existente entre los pastores y las iglesias, se enmarcan
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Toda esta prueba, evidencia el cumplimiento de los arts
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Consiguientemente, al haberse advertido que no se incurrió en infracción de norma alguna, corresponde resolver
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
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Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
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Para resolución, según convocatoria de fs
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Fue disidente el Sr
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
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Dr. Jaime Ampuero García
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Sucre, 12 de febrero de 2009
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Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
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