Auto Supremo AS/0069/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2009

Fecha: 26-Feb-2009

CONSIDERANDO II: Que de acuerdo a la abundante jurisprudencia emanada de este tribunal, cuando se


CONSIDERANDO II: Que de acuerdo a la abundante jurisprudencia emanada de este tribunal, cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil (CPC), es decir, se debe denunciar si el fallo recurrido contiene violación, interpretación errónea, aplicación indebida de la ley o disposiciones contradictorias, siendo menester destacar que, si se denuncia la errónea valoración de la prueba, es obligación del recurrente acreditar la existencia de errores de hecho o de derecho en el ejercicio de esta atribución que es privativa de los juzgadores de instancia e incensurable en casación