Auto Supremo AS/0069/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2009

Fecha: 26-Feb-2009

En ese orden, corresponde señalar que la norma citada establece que las prestaciones en dinero


En ese orden, corresponde señalar que la norma citada establece que las prestaciones en dinero concedidas podrán ser objeto de revisión, de oficio o por denuncia a causa de errores de cálculo o de falsedad en los datos que hubieran servido de base para su otorgamiento. La revisión que revocare la prestación concedida o redujere su monto, no surtirá efecto retroactivo respecto a las mensualidades pagadas, excepto cuando se comprobare que la concesión obedeció a documentos, datos o declaraciones fraudulentas, caso en el que la Caja exigirá la devolución total de las cantidades indebidamente entregadas