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    Auto Supremo AS/0074/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0074/2009

    Fecha: 16-Feb-2009

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    • CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público, a través del requerimiento fiscal de fs
    • Que la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente de
    • Consiguientemente, del razonamiento esbozado, es lógico inferir que no es suficiente considerar ipso facto el
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, teniendo
    • Bajo estas premisas, corresponde señalar que tramitado el sumario penal, el 29 de diciembre de
    • Posteriormente, remitido el proceso al plenario a fs
    • Elevado el expediente al tribunal de apelación, en virtud a la impugnación formulada por el
    • La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la procesada
    • En este contexto, haciendo el cómputo general del tiempo desde la notificación con el auto
    • A lo expuesto, hay que agregar, luego de una revisión minuciosa de los antecedentes del
    • CONSIDERANDO: Que, las acciones dilatorias contravienen el principio de celeridad prevista por el art
    • En efecto, el debido proceso exige que la persecución penal por parte del Estado culmine
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro Tomas de Razón 1/2009

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