La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la procesada
La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la procesada Felipa Ríos Herrera 532 a 535 y vlta., conforme sale del memorial de fs. 191 a 195, a cuya consecuencia el 18 de octubre de 2004 la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, remitió el expediente a la Fiscalía General de la República para que se pronuncie sobre la aludida impugnación y la extinción de la acción penal, habiendo sido devuelto con el respectivo requerimiento el 10 de mayo de 2005, habiendo transcurrido aproximadamente seis meses, encontrándose en pleno trámite el recurso de casación antes mencionado
- CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público, a través del requerimiento fiscal de fs
- Que la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente de
- Consiguientemente, del razonamiento esbozado, es lógico inferir que no es suficiente considerar ipso facto el
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, teniendo
- Bajo estas premisas, corresponde señalar que tramitado el sumario penal, el 29 de diciembre de
- Posteriormente, remitido el proceso al plenario a fs
- Elevado el expediente al tribunal de apelación, en virtud a la impugnación formulada por el
- La decisión asumida por el tribunal de alzada, fue recurrida de casación por la procesada
- En este contexto, haciendo el cómputo general del tiempo desde la notificación con el auto
- A lo expuesto, hay que agregar, luego de una revisión minuciosa de los antecedentes del
- CONSIDERANDO: Que, las acciones dilatorias contravienen el principio de celeridad prevista por el art
- En efecto, el debido proceso exige que la persecución penal por parte del Estado culmine
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
