Cámara de la Sala Penal Primera
Sucre, 26 de marzo de 2009
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el defensor de oficio Juan Oronos Bonilla abogado
- CONSIDERANDO: Que, deducida la apelación por el procesado, la Sala Penal Primera de la Corte
- Con estos fundamentos el defensor de oficio Juan Oronos Bonilla abogado del procesado Ronald Ponce
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Por su parte el art
- CONSIDERANDO: Que, de un atentado y cuidadoso estudio del proceso, se establece que el Tribunal
- Que, el recurso de casación por los antecedentes doctrinales y jurisprudenciales existentes, se tiene como
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
