Auto Supremo AS/0124/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2009

Fecha: 24-Abr-2009

Continuando con la descripción de las operaciones administrativas consiguientes a partir del ingreso al País


Continuando con la descripción de las operaciones administrativas consiguientes a partir del ingreso al País y los almacenes aduaneros del diesel importado, entre el 9 y 25 de noviembre de 1997, fue regularizado y nacionalizado en 20 y 24 de diciembre del mismo año, con las pólizas Nos. 1171405-4 y 1171435-7; como se demuestra por los Formularios No. 234 de Consolidación de Partes de Recepción, fs. 120-121 y 124-125, el pago de tributos y la tasa IEHD de Bs. 0.10 por litro, en vigencia del D.S. No. 24395 de 25 de octubre de 1996, fs. 129-131, y la R.M. No. 1386/97 de 12 de diciembre de 1997. Habiendo incurrido los de instancia en error al confundir las fechas de ingreso del diesel con las de elaboración de los Formularios No. 234 y las de regularización y nacionalización que son las mismas, así como los números de los Formularios No. 234 y el del Manifiesto Internacional de Carga, rubro 3