Que la indicada disposición en su segunda parte señala que los jueces constatarán de oficio
Que la indicada disposición en su segunda parte señala que los jueces constatarán de oficio o a petición de parte el transcurso de ese plazo, y, cuando corresponda, declararán extinguida la acción penal y archivarán la causa
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 8 de agosto de 2003 (fojas 247 a
- CONSIDERANDO: que iniciado el proceso de referencia el 4 de mayo de 2001 (fojas 33
- Que el caso pasó en Vista al Ministerio Público para los fines de aplicación de
- Que efectuado el análisis respectivo, se pudo apreciar que los actos dilatorios mencionados se produjeron
- Que en consecuencia, es del caso aplicar la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera
- Que la indicada disposición en su segunda parte señala que los jueces constatarán de oficio
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
