POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el num. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 47 a 48, con costas
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- PARTES: Inés Gumercinda Contreras Tinta c/ Susana Udaeta Velásquez
- MINISTRA RELATORA: Beatriz A. Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación a instancia de Susana Udaeta Velásquez de fs
- Dicho fallo motivó para que la parte demandada interponga recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde verificar si son evidentes las infracciones acusadas,
- Con referencia a lo expuesto, el recurso no precisa la norma legal infringida menos de
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- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Para resolución conforme convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
