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    Auto Supremo AS/0278/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0278/2009

    Fecha: 04-May-2009

    Dr. Ángel Irusta Pérez


    Dr. Ángel Irusta Pérez
    • CONSIDERANDO: Que, el derecho a un juicio sin dilaciones indebidas de tiempo es de extrema
    • CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, el Auto inicial de la instrucción data del
    • CONSIDERANDO: Que, el representante del Ministerio Público, señala que ya se consideró la solicitud de
    • CONSIDERANDO: Que, del análisis integral del proceso y computado el tiempo de duración del mismo
    • En ese mismo contexto el artículo 115 II constitucional, establece como condición de la administración
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro Tomas de Razón 2/2009

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