Que en apelación, se anuló obrados hasta fojas 943 inclusive por Auto de Vista de
Que en apelación, se anuló obrados hasta fojas 943 inclusive por Auto de Vista de 21 de octubre de 2005 (fojas 1226 a 1227), dando origen al recurso de casación formulado por los procesados, el mismo que se encuentra radicado en este Tribunal Supremo de Justicia desde el 23 de enero de 2006, y que previo vista fiscal, cursa en obrados un requerimiento pronunciado por el Fiscal Adjunto de fojas 1241 a 1242, con criterio de no haber lugar a la extinción de la acción penal por haber incurrido los procesados en causales de dilación, como el haber rechazado la denuncia por impersonería de los denunciantes, de formular excepciones e incidentes como el de la prescripción e interponer diferentes recursos ordinarios y extraordinarios dilatorios
- CONSIDERANDO: Que, por denuncia de 31 de diciembre de 1998 se inició el caso de
- Que en apelación, se anuló obrados hasta fojas 943 inclusive por Auto de Vista de
- Que en mérito a ello, analizado objetivamente las causas que motivaron la dilación del proceso
- En ese mismo contexto el artículo 115 -II de la Constitución Política del Estado, establece
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
