Llama la atención que lo señores Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte
Llama la atención que lo señores Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz hubieran omitido pronunciarse respecto al desistimiento formulado ante dicho Tribunal a fojas 265, remitiendo antecedentes, para que esa solicitud sea ratificada ante este Tribunal Supremo, desconociendo el alcance del artículo 380 del Código de Procedimiento Penal, afectando con ello el principio de oportunidad y economía procesal que rigen las actuaciones jurisdiccionales
- VISTOS: El memorial de desistimiento (fojas 271) presentado por Alejandro Burgos Calderón, en el proceso
- CONSIDERANDO: Que, a fin de resolver lo impetrado, corresponde puntualizar que, la implementación del principio
- El legislador optó por dividir la acción penal en pública y privada; la primera ejercida
- En los delitos de acción privada y en aquellos de acción pública que se hayan
- En el caso de autos, el proceso se tramitó en sujeción a las normas previstas
- Llama la atención que lo señores Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
