Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0322/2009
Fecha: 26-May-2009
Dr. Ángel Irusta Pérez
Dr. Ángel Irusta Pérez
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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Miriam Pascuala Gutiérrez Machicado a fs
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CONSIDERANDO: Que, deducida la apelación por la procesada, la Sala Penal Segunda de la Corte
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Con estos fundamentos, la imputada recurre de casación amparado en el art
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CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta las denuncias formuladas en el recurso de casación que se
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En principio es pertinente señalar que de acuerdo a la amplia jurisprudencia emanada de este
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Bajo estas premisas, el art
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En ese contexto el art
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Por su parte, el art
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CONSIDERANDO: Que, en la especie, de la revisión de los antecedentes procesales en el marco
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Toda vez que, del análisis y estudio de antecedentes y particularmente de la prueba acusatoria
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En consecuencia, no siendo evidentes las denuncias formuladas en el recurso de casación que se
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Regístrese y hágase saber y devuélvase
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Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
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Dr. Ángel Irusta Pérez
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Cámara de la Sala Penal Primera
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Libro Tomas de Razón 2/2009
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