Auto Supremo AS/0322/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2009

Fecha: 26-May-2009

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Miriam Pascuala Gutiérrez Machicado a fs

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 322 Sucre, 26 de mayo de 2009

DISTRITO: La Paz

PARTES:Ministerio Público a querella de Paulino Huaricallo Luque y otros c/ Miriam Pascuala Gutiérrez Machicado

Homicidio (Declara infundado el recurso de casación)

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Sucre, 26 de mayo de 2009

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Miriam Pascuala Gutiérrez Machicado a fs. 492 y vlta., de obrados, contra el auto de vista de 7 de mayo de 2004, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Paulino Huaricallo Luque y otros contra la recurrente por el delito de homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal, los antecedentes procesales y:

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso de referencia, el Juzgado Quinto de Partido en lo Penal Liquidador de La Paz, pronunció la sentencia de fs. 463 a 466, declarando a la encausada Miriam Pascuala Gutiérrez Machicado autora del delito de homicidio previsto y sancionado por el art. 254 segunda parte del Código Penal, condenándola a la pena de seis años de reclusión a cumplir en el Centro Penitenciario Femenino de "Miraflores" de la ciudad de La Paz, más al pago de daños civiles y costas a la parte civil y al Estado, de conformidad al art. 349 del Código de Procedimiento Penal. La absolvió de culpa y pena por no existir en su contra prueba plena en la comisión del delito de homicidio previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal, de conformidad al art. 244.1) del Código de Procedimiento Penal