CONSIDERANDO III: Expuestas como se encuentran las consideraciones de orden legal y revisado el dossier
CONSIDERANDO III: Expuestas como se encuentran las consideraciones de orden legal y revisado el dossier cuidadosamente, se concluye que:
1) El tribunal de alzada al revocar la Resolución del Directorio de la Caja Nacional de Salud Nº 114/2006 de 7 de noviembre de 2006, disponiendo que Álvaro Miguel Estévez Alfaro de 34 años reciba atención médica especializada en la Caja Nacional de Salud como beneficiario de su madre Juana Inés Alfaro Terán, sin limite de edad, aplicó debidamente las normas sobre las que se funda su decisión, porque el informe del Tribunal Médico Calificador de Incapacidades de la Caja Nacional de Salud Nº 237/06 de fecha 26 de abril de 2006, que cursa a fs. 18 de obrados, elaborado con base al examen efectuado en el Departamento Nacional de Medicina del Trabajo, Certificado de Especialista Psiquiatra y el Informe del Trabajo Social del Hospital de Psiquiatría de la Caja Nacional de Salud Nº 006/06 de 25 de marzo de 2006, por el que se diagnostica que el beneficiario padece de: "TRASTORNO ORGÁNICO ESQUIZOFRENIFORME PARCIALMENTE CONTROLADO, proceso crónico e irreversible que determina estado de invalidez permanente"; no ha sido debidamente valorado por la Comisión Nacional de Prestaciones ni por el Directorio de la Caja Nacional de Salud quienes a su turno rechazaron y ratificaron la improcedencia de la solicitud de la asegurada sobre la declaratoria de invalidez a favor de su hijo Álvaro Miguel Estévez Alfaro, emitiendo las resoluciones Nos. 632 de 13 de junio de 2006 (fs. 20) y 114/2006 de 7 de noviembre de 2006 (fs. 26-27), respectivamente
- AUTO SUPREMO Nº 174 - Administrativo Sucre, 22 de junio de 2009
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la solicitud de declaratoria de invalidez seguida por Juana Inés Alfaro
- Que formulado el recurso de reclamación de fs
- Que en grado de apelación deducido a fs
- Contra la referida resolución de vista, el representante legal de la Caja Nacional de Salud
- Concluye solicitando incongruentemente que el tribunal supremo de la nación, case y/o alternativamente anule el
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de los antecedentes procesales y no obstante que el
- 2) Estos principios han sido también recogidos en la actual Constitución Política del Estado aprobada
- 3) El Código de Seguridad Social aprobado por Ley de 14 de diciembre de 1956
- 4) En el mismo sentido los arts
- CONSIDERANDO III: Expuestas como se encuentran las consideraciones de orden legal y revisado el dossier
- 2) Que encontrándose el proceso radicado en la justicia ordinaria por efecto del recurso de
- 3) Luego, si manifiesta la entidad demandada que no cuenta con ningún archivo relacionado al
- 4) Por lo relacionado, se advierte que las infracciones acusadas en el recurso no son
- Consecuentemente, corresponde dar aplicación al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
