Auto Supremo AS/0174/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2009

Fecha: 22-Jun-2009

CONSIDERANDO III: Expuestas como se encuentran las consideraciones de orden legal y revisado el dossier


CONSIDERANDO III: Expuestas como se encuentran las consideraciones de orden legal y revisado el dossier cuidadosamente, se concluye que:

1) El tribunal de alzada al revocar la Resolución del Directorio de la Caja Nacional de Salud Nº 114/2006 de 7 de noviembre de 2006, disponiendo que Álvaro Miguel Estévez Alfaro de 34 años reciba atención médica especializada en la Caja Nacional de Salud como beneficiario de su madre Juana Inés Alfaro Terán, sin limite de edad, aplicó debidamente las normas sobre las que se funda su decisión, porque el informe del Tribunal Médico Calificador de Incapacidades de la Caja Nacional de Salud Nº 237/06 de fecha 26 de abril de 2006, que cursa a fs. 18 de obrados, elaborado con base al examen efectuado en el Departamento Nacional de Medicina del Trabajo, Certificado de Especialista Psiquiatra y el Informe del Trabajo Social del Hospital de Psiquiatría de la Caja Nacional de Salud Nº 006/06 de 25 de marzo de 2006, por el que se diagnostica que el beneficiario padece de: "TRASTORNO ORGÁNICO ESQUIZOFRENIFORME PARCIALMENTE CONTROLADO, proceso crónico e irreversible que determina estado de invalidez permanente"; no ha sido debidamente valorado por la Comisión Nacional de Prestaciones ni por el Directorio de la Caja Nacional de Salud quienes a su turno rechazaron y ratificaron la improcedencia de la solicitud de la asegurada sobre la declaratoria de invalidez a favor de su hijo Álvaro Miguel Estévez Alfaro, emitiendo las resoluciones Nos. 632 de 13 de junio de 2006 (fs. 20) y 114/2006 de 7 de noviembre de 2006 (fs. 26-27), respectivamente