Auto Supremo AS/0188/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2009

Fecha: 25-Jun-2009

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2.- En lo concerniente a la casación en el fondo, el cual, además de observar una escueta argumentación sin mayores elementos legales de convicción y careciendo de la congruencia que es menester, denuncia la interpretación y aplicación errónea del art. 2 de la L.G.T., discurriendo que el actor debía intentar su acción contra la Cooperativa Minera "Compotosí" Ltda. y no contra el demandado; circunstancia ésta que no merece mayor consideración. Tampoco se advierte que los tribunales de instancia hubieran incurrido en apreciación errónea de las pruebas; al contrario, han ejercido la libre valoración de las mismas en función al art. 158 del C.P.T., determinando que los derechos reclamados por el actor, son justos y se enmarcan en la normativa vigente, si a ello se agrega el perjuicio físico y psicológico sufrido a causa del accidente en su fuente de trabajo y los efectos derivados del mismo