Auto Supremo AS/0188/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2009

Fecha: 25-Jun-2009

Sin embargo de este reparo, denuncia que se habrían quebrantado los arts


Sin embargo de este reparo, denuncia que se habrían quebrantado los arts. 8 del Reglamento de la L.G.T. y 158 y 159 del Adjetivo Laboral, al haberse determinado un tiempo de servicios errado respecto al actor, con lo que se habría resuelto de manera extra petita; como también resultaría así la confirmación de pago del monto fijado por el juez de primera instancia, no habiéndose hecho mención -dice- a la deducción del monto total indemnizable de $us. 3.500.- recibido por el demandante, y que también correspondería descontar "[...] el sueldo de un mes y un día, en la suma de Bs. 3.100 que lamentablemente no se ha considerado, lo que constituye vicio procesal que no ha sido subsanado.". (sic)