Auto Supremo AS/0387/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0387/2009

Fecha: 17-Jun-2009

Que, a la fecha ha vencido el plazo previsto por ley para la duración máxima


Que, a la fecha ha vencido el plazo previsto por ley para la duración máxima del proceso de causas tramitadas con el régimen procesal anterior, correspondiendo analizar si en el caso de Autos concurren o no los demás presupuestos para la procedencia de la extinción de la acción penal y en tal virtud de la revisión del proceso penal se tiene:

Que, en el caso de autos valorando en forma objetiva los antecedentes se advierten actos dilatorios, que interrumpieron el normal procesamiento de la causa como, la apelación del procesado Raúl Velásquez Olivera contra el Auto de apertura de proceso a fs. 108 y vlta., resuelto por el Auto de Vista de fecha 26 de junio de 2000, por el cual se confirma el auto de apertura de proceso a fs. 132 y vlta., la inasistencia del procesado Fermín Mogro Jucumi a la audiencia de confesión a fs. 136, la inasistencia de la abogada defensora del procesado Fermín Mogro Jucumi a la audiencia de confesión a fs. 145, la declaratoria de rebelde y contumaz a la ley al procesado Ángel Claure Galindo a fs. 154, la inasistencia de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi, asimismo los abogados defensores de los procesados antes nombrados a la audiencia de apertura de debates a fs. 202, la inasistencia de los abogados defensores de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi a la audiencia de apertura de debates a fs. 203, la sustitución del abogado defensor de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi a fs. 204, la apelación del procesado Fermín Mogro Jucumi a fs. 215 contra al auto de resolución de la cesación de detención preventiva cursante a fs. 213 a 214, la inasistencia de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi a la audiencia de prosecución de los debates a fs. 216, la inasistencia del abogado defensor de oficio de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi y del abogado defensor del procesado prófugo Ángel Claure Galindo a fs. 221, la apelación de los procesados Raúl Velásquez Olivera y Fermín Mogro Jucumi a fs. 245 contra la sentencia cursante a fs. 239 a 241 vlta., la apelación contra la sentencia del procesado Fermín Mogro a fs. 246, apelaciones que fueron resultas por Auto de Vista de fecha 8 de julio de 2003 a fs. 266 a 267, por el cual se confirma la sentencia apelada