Auto Supremo AS/0387/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0387/2009

Fecha: 17-Jun-2009

Que por el análisis pertinente, se percibió que, aún en el caso de haberse comprobado


Que por el análisis pertinente, se percibió que, aún en el caso de haberse comprobado hechos de esa naturaleza, los mismos sólo pudieron ser ejecutados entre el 18 de marzo del año 2000 en que se emitió el auto de apertura del proceso y el 7 de septiembre de 2002 en que se dictó la sentencia, razón por la cual no se puede sostener que los siete años transcurridos desde entonces sin que tal sentencia quede ejecutoriada tuvieron como causa actos dilatorios procedentes del imputado