Auto Supremo AS/0395/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2009

Fecha: 09-Jul-2009

CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional N° 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 395 Sucre, 27 de julio de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES:Ministerio Público c/ Daniel Romero Sossa, Danis Laime Duran, Carmelo Coca Cossio y Maria Francisca Rodríguez Santiago

Tráfico de Sustancias Controladas (Declara la no extinción de la acción penal)

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Sucre, 27 de julio de 2009

VISTOS: El requerimiento fiscal de fojas. 391 a 393, pronunciado de oficio en relación a la extinción de la acción penal en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Daniel Romero Sossa, Danis Laime Duran, Carmelo Coca Cossio y Maria Francisca Rodríguez Santiago por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley No. 1008 Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional N° 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos los motivos de la dilación del proceso y "la extinción de la acción penal solo puede ser conforme a la Constitución, cuando se constate que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970 es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado o procesado"