Auto Supremo AS/0395/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2009

Fecha: 09-Jul-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de oficio, en cumplimiento de la Sentencia Constitucional N° 0101/2004 de 14 de Septiembre de 2004, el Auto Complementario N° 0079/2004 de 29 de Septiembre de 2004, y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970 y en pleno acuerdo con el Requerimiento Fiscal cursante de fs. 391 a 393 declara LA NO EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, disponiéndose que la causa prosiga hasta su conclusión