Auto Supremo AS/0400/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2009

Fecha: 27-Jul-2009

CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente


CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, constituye un incidente de previo y especial pronunciamiento, en mérito a ello, corresponde que este Tribunal resuelva el formulado por el imputado en el marco establecido en el Código de Procedimiento Penal y en la Sentencia Constitucional N° O10 l /04 de 14 de septiembre de 2004 y el Auto Constitucional complementario N° 0079/04 de 29 de septiembre del mismo año -entre otros-, que de manera general exigen la revisión de términos objetivos y verificables de los orígenes o motivos de la dilación del proceso, determinando si la no conclusión del proceso dentro el plazo máximo establecido por ley es atribuible a omisiones o falta de diligencia debido a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal o, por el contrario, a las acciones dilatorias del imputado o procesado; asimismo, se debe considerar la complejidad del juicio, a cuyo efecto se deberán tener en cuenta factores como la pluralidad de imputados, concurso y clase de delito, la existencia o no de declaratoria de rebeldía, suspensión de audiencias por inasistencia de los imputados o sus defensores, uso indiscriminado de recursos sin previsión -incidentes, excepciones- con fines dilatorios, antecedentes delictivos, afectación del daño, imprescriptibilidad y si están considerados dentro de los delitos de lesa humanidad