Auto Supremo AS/0400/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2009

Fecha: 27-Jul-2009

Que aún en el caso de vencimiento de plazo señalado, tal circunstancia no es suficiente


Que aún en el caso de vencimiento de plazo señalado, tal circunstancia no es suficiente para la procedencia de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso sino que, de acuerdo al penúltimo párrafo del Auto Constitucional 0079/2004-ECA, de fecha 29 de septiembre de 2004, que a la letra dice "Consiguientemente, quien solicite la extinción de la acción penal debe fundamentar que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público...." sic. , requisito no cumplido en el caso de Autos por el impetrante, quien se limitó a realizar una relación de los actuados del proceso, que cursan a fs. 131 y vlta, por lo que no se cumplió a cabalidad lo señalado en este Auto Constitucional, mismo que es de cumplimiento obligatorio de acuerdo al art. 44 de la Ley 1836