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    Auto Supremo AS/0175/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0175/2009

    Fecha: 20-Ago-2009

    PARTES: Eva María Urquieta Ibáñez c/ Expreso Tarija


    PARTES: Eva María Urquieta Ibáñez c/ Expreso Tarija
    • DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
    • PARTES: Eva María Urquieta Ibáñez c/ Expreso Tarija
    • MINISTRA RELATORA: Beatriz A. Sandoval Bascopé
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 141/05
    • Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma (fs
    • CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
    • Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
    • De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
    • Que en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Para resolución, previa convocatoria de fs
    • Relatora: Ministra Beatriz A. Sandoval Bascopé
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Min. Beatriz A. Sandoval Bascopé
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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