CONSIDERANDO: Que, Marcial Villarroel Siles argumentó
CONSIDERANDO: Que, Marcial Villarroel Siles argumentó:
1.- Que el Tribunal de alzada no consideró la inobservancia de la Ley sustantiva ni adjetiva penal en que incurrió el juez de primera instancia, toda vez que la parte acusadora no probó ni introdujo prueba suficiente para establecer que el ahora recurrente cometió el delito que se le acusa, que la prueba de descargo no fue correctamente valorada
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Marcial Villarroel Siles (fojas 235 a 242), impugnando
- Que, en apelación restringida deducida por el imputado, la Sala Penal Segunda de la Corte
- CONSIDERANDO: Que, Marcial Villarroel Siles argumentó
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- Con estos argumentos, solicitó se Case la sentencia y el Auto de Vista recurrido, y
- CONSIDERANDO: Que, del resumen de los puntos impugnados por el recurrente, se advierte que éste
- Que, según reconoció la Sentencia Constitucional 1468/2004-R de 14 de septiembre, el recurso de casación,
- Que, respecto a la ilegal incorporación de elementos probatorios, referidos a la declaración de los
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
