La doctrina penal, debe ser de contingencia social al déficit individual, en el caso de
La doctrina penal, debe ser de contingencia social al déficit individual, en el caso de autos, los operadores de justicia sin infringir ninguna norma de orden legal, han impuesto la pena en términos cualitativamente adecuados para conseguir la finalidad; esto es que la misma ha sido el resultado de aplicación del principio de proporcionalidad, que obliga a ponderar al juzgador la gravedad de la conducta y el objeto de la tutela y la consecuencia jurídica lesiva del bien protegido
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso señalado, el Juez Primero de Partido y Sentencia de la
- CONSIDERNADO: Que, el defensor de oficio Felipe Jiménez Galvez, en representación de Edgar Eduardo Vichini
- CONSIDERANDO: Que, del análisis de los fundamentos del Auto de Vista de fs
- Que, en el punto b), en cuanto a la pena impuesta por los jueces de
- La doctrina penal, debe ser de contingencia social al déficit individual, en el caso de
- En consecuencia, el tribunal ad quem al pronunciar el auto de vista, no ha incurrido
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
