Auto Supremo AS/0420/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0420/2009

Fecha: 12-Ago-2009

Que, por memorial de fojas 461 y vuelta el encausado Reynaldo Solano Leaños, argumentando que


Que, por memorial de fojas 461 y vuelta el encausado Reynaldo Solano Leaños, argumentando que el presente proceso penal no se encuentra ejecutoriado y además que la retardación de justicia no es atribuible a su persona, solicita que de conformidad con lo establecido en la parte final de la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal y en aplicación de estricta justicia se declare extinguida la acción penal