Que, en conclusión es evidente que el presente proceso penal en su tramitación ha excedido
Que, en conclusión es evidente que el presente proceso penal en su tramitación ha excedido el máximo de tiempo previsto por ley. Consiguientemente, es criterio de este Tribunal, que los presupuestos establecidos para determinar la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, se han cumplido
- CONSIDERANDO: Que, por decreto de 24 de agosto de 2006 de fs
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica, puede ser declarada
- CONSIDERANDO: Que, en ese contexto y con la finalidad de resolver el incidente en análisis,
- En esa tarea, cabe señalar que los arts
- Por otro lado, se debe advertir que los arts
- Sin embargo, se tiene que precisar que los arts
- Que, en conclusión es evidente que el presente proceso penal en su tramitación ha excedido
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
