Auto Supremo AS/0427/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2009

Fecha: 18-Sep-2009

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2.- Por lo referido se establece que el Auto de Vista objeto de impugnación, no se encuentra comprendido dentro de las resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación, consecuentemente el memorial de solicitud de 25 de febrero de 2003 (fojas 376 a 377 vuelta), deviene en improcedente, en aplicación del artículo 272 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 355 del Código de Procedimiento Penal, en consideración a que no se abre la competencia de este Tribunal para resolver dicho petitorio