Auto Supremo AS/0427/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2009

Fecha: 18-Sep-2009

Por otra parte, tampoco acompañó la declaratoria de herederos ni adjuntó documentación actualizada


Por otra parte, tampoco acompañó la declaratoria de herederos ni adjuntó documentación actualizada. Este fallo fue apelado por la prenombrada tercerista (fojas 357 a 358) y la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 20 de noviembre de 2002 (fojas 372 a 373), confirmó el Auto Interlocutorio Definitivo de 25 de marzo del mismo año, salvando también el derecho de la tercerista a la vía que corresponda; resolución que fue objeto del recurso de casación de fojas 376 a 377 vuelta, denunciando la vulneración de los artículos 1296, 1523, 1538 del Código Civil, 359 del Código de Procedimiento Civil y 298 numerales 2) y 3) del Código de Procedimiento Penal; con el antecedente que el citado fundo rústico denominado " El Cupechito" fue adquirido por Hugo Guzmán Bernal de los anteriores propietarios esposos Gastón Soliz Egüez y María Leonor Carllen e inscrito en Derechos Reales en la provincia Ibáñez del departamento de Santa Cruz el 31 de enero de 1986 años