Auto Supremo AS/0503/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2009

Fecha: 28-Sep-2009

CONSIDERANDO: Que, por decreto de 2 de enero de 2007 (fs

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 503 Sucre, 28 de septiembre de 2009

DISTRITO: La Paz

PARTES:Rene Choque Choque c/ Elías Julián Aranibar Calle

Estelionato (Declara no haber lugar a la extinción de la acción penal)

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Sucre, 28 de septiembre de 2009



VISTOS: La remisión de oficio a fs. 639, dispuesta por este Tribunal a efectos de que el Ministerio Público se pronuncie sobre la extinción de la acción penal conforme los parámetros establecidos en la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, dentro del proceso penal seguido por Rene Choque Choque contra Elías Julián Aranibar Calle por el delito de estelionato, previsto por el art. 337 del Código Penal, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, por decreto de 2 de enero de 2007 (fs. 639), se dispuso la remisión de la presente causa en liquidación a conocimiento del Ministerio Público, a efectos de que se pronuncie sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso en el marco de lo establecido por la Sentencia Constitucional Nº 0101/04, acto procesal cumplido el 31 de enero de 2007, conforme consta del requerimiento de fs. 644 a 645, a través del cual, el Ministerio Público luego de efectuar sus consideraciones legales y realizar el cómputo de los actuados, concluyó requiriendo, que el Supremo Tribunal, rechace la extinción de la presente acción penal y disponga la prosecución de la causa hasta su conclusión