El Ministro Julio Ortiz Linares no interviene por ausencia
El Ministro Julio Ortiz Linares no interviene por ausencia
- PARTES: Interpuesta por el Presidente de Sala Civil Segunda sobre excusa de la Vocal de
- FECHA: Sucre 07 de enero de 2010
- CONSIDERANDO: Que mediante auto de 30 de mayo de 2009 (fojas 27 del cuaderno de
- CONSIDERANDO: Que revisados los antecedentes remitidos a este tribunal, se tiene que
- 2º
- 3º
- CONSIDERANDO: Que así establecidos los antecedentes, se concluye que la excusa observada objeto de la
- Al respecto cabe mencionar que la Vocal que formuló su excusa, en ejercicio de las
- El hecho de que la autoridad excusada fuese la misma que conoció el trámite de
- El razonamiento anterior, permite otorgar razón a los Vocales que observaron la excusa y remitieron
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- El Ministro Julio Ortiz Linares no interviene por ausencia
- Tampoco intervienen los Conjueces Fernando Cuéllar Núñez y Saúl Paniagua Flores por licencia
- Ni los Conjueces Freddy Lupa Totola y Eduardo Arteaga Ribera por considerar que en la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
