Auto Supremo AS/0016/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2010

Fecha: 19-Ene-2010

De otro lado, conforme al art


De otro lado, conforme al art. 160 del Código Procesal del Trabajo, ante el incumplimiento a la conminatoria expedida por el juez para que el demandado presente los documentos solicitados en la vía de inversión de la prueba, la ley autoriza al juzgador presumir la certeza de las aseveraciones del actor sobre los hechos que pretendió probar con aquel material fáctico solicitado al empleador, tal y como aconteció en autos