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    Auto Supremo AS/0017/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0017/2010

    Fecha: 28-Ene-2010

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    • Partes: Liborio Rodríguez c/ Jorge Hipólito Colque Laura
    • CONSIDERANDO: que por decreto de 18 de abril de 2005 (fojas 281), se dispuso la
    • CONSIDERANDO: que la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal, establece que las causas
    • Que la garantía a la tramitación del proceso dentro de un plazo razonable se encuentra
    • Que por ello se entiende que el plazo previsto por la disposición transitoria tercera del
    • Que la garantía de juzgamiento en plazo razonable, es coherente con la garantía a una
    • CONSIDERANDO: que en el caso de autos a consecuencia de la denuncia de 16 de
    • Que de los antecedentes expuestos, se evidencia que desde el inicio de la causa a
    • Que en ese sentido, se advierte que la fase de la instrucción tuvo una duración
    • Que remitido el expediente ante el Juez del Plenario el 19 de febrero de 2001
    • Que apelada la sentencia de primera instancia solamente por el procesado (fojas 253), y remitido
    • Que el tiempo transcurrido desde la recepción del expediente en la entonces Sala Penal única
    • Que de los fundamentos expuestos se evidencia que en la tramitación del proceso no ha
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase
    • Firmado
    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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