Que conforme consta en obrados, la Universidad "Franz Tamayo", a través del Presidente del Directorio,
Que conforme consta en obrados, la Universidad "Franz Tamayo", a través del Presidente del Directorio, Abel Agreda Mendez, cuya condición fue acreditada con la trascripción del Testimonio de Poder 268/2003 de 6 de junio de 2003, en el que se hace mención expresa del Acta de Reunión Extraordinaria de Directorio de 3 de junio de 2003; otorgó Poder para el presente proceso al señor Luís Fernando Peredo Rojas, para que en nombre y representación de la personalidad jurídica que ostenta, represente en los asuntos judiciales y procesos administrativos que se requieran y/ o se presentaren, concediéndole al efecto la potestad de representar a la Universidad en todo tipo de actuaciones judiciales donde intervenga, sea como demandante o demandado, con la facultad y prerrogativas de de Ley y las especiales de apersonarse entre otras instancias a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Asi se desprende de la documentación que cursa de fojas 112 a 115 que cuenta con el valor probatorio que le asigna el artículo 1311 parágrafo I del Código Civil y que fue adjuntada a la demanda a momento de su presentación
- PARTES Universidad Privada Franz Tamayo representado por Luis Fernando Peredo c/Ministerio de Gobierno
- CONSIDERANDO: Que, por memorial de fojas 216-217, el representante legal del Ministerio de Gobierno opone
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- Con los argumentos detallados, el demandado solicita "se declare probada la excepción opuesta ordenando al
- Que conforme consta en obrados, la Universidad "Franz Tamayo", a través del Presidente del Directorio,
- Lo precedentemente expuesto, permite concluir que el demandante cumplió con la previsión de los artículos
- A mayor abundamiento debe decirse que la previsión del artículo 751 del Código de Procedimiento
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara
- No interviene los Ministros Eddy Walter Fernández Gutiérrez y Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto
- Tampoco el Conjuez Víctor Hugo Escóbar Hérbas por ausencia
- Los Conjueces Fernando Cuéllar Núñez y Saúl Paniagua Flores no intervienen por ausencia justificada
- Ni los Conjueces Freddy Lupa Totola y Eduardo Arteaga Ribera por considerar que en la
- Regístrese y notifíquese
- Firmado
