En la especie, de fs
En la especie, de fs. 55 y vlta., cursa la excepción perentoria de prescripción interpuesta por el demandado Fernando Esteban Sarmiento Seleme. Sin embargo, en el fallo de primera instancia, el Juez A quo obvio en absoluto el medio de defensa interpuesto por el demandado nombrado de fs. 55 y vlta., al dejar de pronunciarse sobre el fondo de la excepción perentoria de prescripción citada líneas arriba, bajo el argumento erróneo de que la misma "resulta extemporánea". Omisión de pronunciamiento que causa indefensión en el demandado Fernando Esteban Sarmiento Seleme, e importa incumplimiento de los arts. 1 parágrafo I y 190 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la Sentencia debe contener decisiones expresas, positivas y precisas
- Auto Supremo: Nº 365 Sucre: 27 de Octubre de 2010
- Expediente: Nº 98 - 06 - S
- Distrito:Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación en el fondo interpuesto por Fernando Esteban Sarmiento Seleme, de fs
- En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO:Que, el demandado Fernando Esteban Sarmiento Seleme, en su recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO:Que, es deber del Tribunal Supremo fiscalizar intra proceso, si los Tribunales inferiores observaron en
- Es menester hacer constar que nuestra normativa jurídica reconoce el derecho del demandado de plantear
- En la especie, de fs
- El art
- Finalmente, cabe señalar que conforme se certificó de fs
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Siendo inexcusable el error en que han incurrido el Juez inferior y los Vocales signatarios
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
