Agrega que mal puede exigirse el pago de un salario por un trabajo no realizado,
Agrega que mal puede exigirse el pago de un salario por un trabajo no realizado, ya que la institución no tomó conocimiento oficial de la prestación del servicio del demandante, siendo responsabilidad exclusiva del Dr. Benavides y no de la institución; finalizó sin un pedido claro y concreto
- PARTES: Raúl Arostegui Laguna c/ SEDES La Paz
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y de Seguridad
- En grado de apelación, a instancia del recurrente, la Sala Social y Administrativa Segunda de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el que alega que el tribunal de
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- CONSIDERANDO II: Que, en base a los datos procesales adjuntos, se tiene lo sigue
- Precisamente el art
- En el caso concreto, a fs 12, cursa una carta expedida por el Coordinador de
- La presunción de existencia de la relación de trabajo, libera al trabajador de la carga
- En ese marco, el auto de vista recurrido, al resolver el proceso conforme dispone el
- Por lo relacionado precedentemente, corresponde aplicar los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
