Auto Supremo AS/0418/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2010

Fecha: 29-Oct-2010

En ese marco, el auto de vista recurrido, al resolver el proceso conforme dispone el


En ese marco, el auto de vista recurrido, al resolver el proceso conforme dispone el art. 59 del adjetivo laboral, se encuentra dentro de los principios de congruencia y exhaustividad previstos por los arts. 227 y 236 del Cód. Pdto. Civ.; resultando, por ello, que el actor tiene derecho a los beneficios sociales otorgados por los jueces de instancia, en sujeción de los arts. 162 de la C.P.E. y 4 de la L.G.T.; consiguientemente, las denuncias formuladas por la entidad empleadora, carecen de asidero legal, toda vez que en obrados se acredita la continuidad de prestación de servicios, lo que constituye y corrobora la relación de dependencia del actor, con la institución demanda