Dicho fallo motivó el recurso de casación en el que alega que el tribunal de
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el que alega que el tribunal de alzada infringió disposiciones legales en vigencia, concretamente el art. 16 parágrafos II de la Constitución Política del Estado (abrogada), art. 151 del Código Procesal del Trabajo y arts. 159, 154 y 3 inc. j) de la Ley General del Trabajo del Estado, pues la entidad presentó pruebas, consistente en: nota enviada por la Jefa de la Unidad Jurídica del SEDES de fs. 7; informe del Jefe de Unidad del SEDES a fs 8; y la confesión provocada prestada por el actor cursante a fs. 91, las mismas tienen que ver con que no existe memorando de designación, no figura en planillas y no cuenta con acta de posesión del cargo
- PARTES: Raúl Arostegui Laguna c/ SEDES La Paz
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y de Seguridad
- En grado de apelación, a instancia del recurrente, la Sala Social y Administrativa Segunda de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el que alega que el tribunal de
- Agrega que mal puede exigirse el pago de un salario por un trabajo no realizado,
- CONSIDERANDO II: Que, en base a los datos procesales adjuntos, se tiene lo sigue
- Precisamente el art
- En el caso concreto, a fs 12, cursa una carta expedida por el Coordinador de
- La presunción de existencia de la relación de trabajo, libera al trabajador de la carga
- En ese marco, el auto de vista recurrido, al resolver el proceso conforme dispone el
- Por lo relacionado precedentemente, corresponde aplicar los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
