Dicho fallo motivo el recurso de casación en el fondo a fs
Dicho fallo motivo el recurso de casación en el fondo a fs. 135-134 vlta., planteado por el representante legal del SENASIR, quien haciendo una relación circunstanciada del trámite y señalando como normas legales transgredidas al D.S. Nº 27760 de 27/9/04, la R.A. Nº 404/05 de 20/7/2005, en su art. 2 num. 1 y 2, art. 1 de la R.M. Nº 1361 de 4/12/97 y art. 192 3) del Cód. Pdto. Civ., acusa:
En el Fondo, que es errónea la apreciación del tribunal ad quem, al establecer que la Comisión de Reclamación no se pronunció sobre el incremento de los bonos de planilla, ni de los beneficios adicionales establecidos en el documento referencial de la renta de vejez, como tampoco el reconocimiento de incrementos por las gestiones 2001 a 2005, determinando consecuentemente la actualización de los montos a reintegrarse según planilla, toda vez que el documento referencial de vejez y CC., constituye una estimación referencial de lo que será la renta a conocer, por lo que no es un documento de cumplimiento obligatorio y validez legal, en consecuencia los montos ahí establecidos están sujetos de modificación según variables que se presenten en el cálculo y normativa aplicada
- AUTO SUPREMO Nº 530 Reclamación Sucre, 28 de octubre de 2010
- CONSIDERANDO:Que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR
- Promovido el recurso de apelación por parte de la demandante a fs
- Dicho fallo motivo el recurso de casación en el fondo a fs
- De igual manera evidencia que el Auto de Vista recurrido no contiene decisiones claras, positivas
- En la Forma, que el tribunal ad quem al aplicar de la R
- Finalmente concluyendo, solicita se Case el Auto de Vista Nº 234/2009 de 16/10/2009, cursante a
- CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación planteado y analizando si lo denunciado
- Que desde el inicio del pago de su renta de vejez no recibo el monto
- Por otro lado se evidencia que a partir del mes de julio del 2007, con
- La planilla Referencial de Rentas y tal como se evidencia ha sido elaborada por los
- En lo referente a la acusada infracción del art
- A su vez, el art
- Es así que en el presente caso, se evidencia que el tribunal ad quem se
- En cuanto al recurso de casación en la forma, referido a la acusación de otorgar
- En lo referente a la acusada transgresión de lo establecido en el D
- En ese entendido se aprecia en obrados que la renta original esta fijada en la
- Que por lo analizado, se establece que el recurso de casación en el fondo carece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 28 de octubre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara
