Auto Supremo AS/0546/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0546/2010

Fecha: 28-Oct-2010

No se ha demostrado que hubiera alteración procesal que tenga trascendencia sobre las garantías esenciales


No se ha demostrado que hubiera alteración procesal que tenga trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio o desviación del proceso y que suponga restricción de las garantías a que tienen derecho los litigantes; esa así que "frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos, se halla la necesidad de obtener actos procesales firmes, sobre los cuales pueda consolidarse el derecho" (Couture -Fundamentos de Derecho Procesal Civil, pág. 391), la nulidad solo puede hacerse valer cuando a consecuencia de ella quedan indefensos los intereses del litigante. En el caso sub lite, corresponde aclarar que en materia de nulidades procesales nuestro ordenamiento jurídico descansa en los principios de especificidad, trascendencia, convalidación y el principio de protección