CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 95, interpuesto por Rolando Olmos Suárez, en representación de la empresa DIMENSIÓN ENASA, impugnando el Auto de Vista N° 9/07 de 24 de enero de 2007, cursante a fs. 87, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que sigue Gregorio Mamani Parra, Germana Limachi de Larico y Martín Roque Pusarico contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 98-99, el auto que concede el recurso de fs. 100, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de El Alto-La Paz, emitió la Sentencia N° 019/2006 de 16 de febrero de 2006, de fs. 60-62, declarando improbada la demanda de fs. 13-14, ratificada a fs. 27 y ampliada a fs. 28 de obrados
- PARTES: Gregorio Mamani Parrac/ Empresa DIMENSIÓN ENASA
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por los demandantes (fs
- Que contra la resolución de vista de 16 de febrero de 2006, Rolando Olmos Suárez,
- Concluyó solicitando la casación del auto de vista y, que deliberando en el fondo, se
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
- Asimismo conviene dejar precisado que la jurisprudencia sentada por este Tribunal, ha dejado establecido que
- En este contexto, corresponde al juzgador antes de decidirse por la nulidad, verificar si el
- Consiguientemente, el tribunal de alzada, debe juzgar nuevamente los hechos y decidir la controversia en
- Por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin responsabilidad por ser excusable, asimismo se deja sin efecto la multa de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
