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    Auto Supremo AS/0454/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0454/2010

    Fecha: 17-Nov-2010

    MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán


    MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • PARTES: Gregorio Mamani Parrac/ Empresa DIMENSIÓN ENASA
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por los demandantes (fs
    • Que contra la resolución de vista de 16 de febrero de 2006, Rolando Olmos Suárez,
    • Concluyó solicitando la casación del auto de vista y, que deliberando en el fondo, se
    • CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
    • Asimismo conviene dejar precisado que la jurisprudencia sentada por este Tribunal, ha dejado establecido que
    • En este contexto, corresponde al juzgador antes de decidirse por la nulidad, verificar si el
    • Consiguientemente, el tribunal de alzada, debe juzgar nuevamente los hechos y decidir la controversia en
    • Por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en el art
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin responsabilidad por ser excusable, asimismo se deja sin efecto la multa de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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