Auto Supremo AS/0464/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2010

Fecha: 20-Nov-2010

Dicho fallo motivó el recurso de casación (fs


Dicho fallo motivó el recurso de casación (fs. 117-118), interpuesto por Gonzalo Mendizábal Aguayo, en representación de la Sociedad de Inversiones Gitane Ltda. "Gran Hotel Cochabamba", acusando la violación de los arts. 16 inc. f) de la L.G.T., 9 inc. f) de su D.R., 61, 64 y 208 del Cód. Proc. Trab. y 236 del Cód. Pdto. Civ., al reconocerle el beneficio del desahucio, indemnización y el subsidio de lactancia, sin que le corresponda esos derechos, porque la actora hizo abandono de su fuente laboral voluntariamente, excediéndose en la facultad y competencia que tiene el tribunal ad quem, al concederle esos beneficios a favor de la demandante sin estar pedidos, puesto que la actora no formuló recurso alguno contra la sentencia. Denunció también que al haberse cancelado el aguinaldo en demasía, la actora deba devolver a la empresa Bs. 315,24. Del mismo modo denunció la violación del inc. 2) del art. 12 de la L.G.T., porque la actora no comunicó su retiro voluntario con 15 días de anticipación, debiendo en consecuencia abonar una suma de dinero a favor de Inversiones Gitane. Finalmente denunció que no le corresponde los subsidios de lactancia, porque la actora renunció voluntariamente a su fuente de trabajo