Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0470/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0470/2010

    Fecha: 22-Nov-2010

    PARTES: Felix Avendaño Lizeca c/ Empresa Constructora "CZ KOLLER LTDA"

    SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 470

    Sucre, 22 de noviembre de 2010

    DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social

    PARTES: Felix Avendaño Lizeca c/ Empresa Constructora "CZ KOLLER LTDA"
    • PARTES: Felix Avendaño Lizeca c/ Empresa Constructora "CZ KOLLER LTDA"
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Partido de Trabajo y
    • En grado de apelación, a instancia del demandante a fs
    • Contra la resolución de apelación el demandado formuló recurso de casación en los términos siguientes
    • Finaliza pidiendo respetuosamente, que este tribunal case el auto de vista y deliberando en el
    • 2
    • CONSIDERANDO II: Que, analizado el recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado,
    • 2) Con relación a la casación en la forma, que acusa que la resolución de
    • El recurrente desconoce el principio de especificidad y lo dispuesto por los arts
    • Que, así analizados los antecedentes del proceso, no se advierte violación de norma legal alguna;
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca