Auto Supremo AS/0492/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0492/2010

Fecha: 23-Nov-2010

Por otra parte, se establece que no se puede casar el auto de vista a


Por otra parte, se establece que no se puede casar el auto de vista a favor de la recurrente Elsa Sandoval Orellana, tanto por la insuficiente fundamentación del recurso, como porque se ha demostrado, que la indicada recurrente no estaba conviviendo con su causante, quien por el contrario, mantenía una vida común con su primera esposa Gladys Barrera Hardy, por eso, en aplicación del art. 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición no puede ser acreedora a dicha renta