Auto Supremo AS/0492/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0492/2010

Fecha: 23-Nov-2010

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


Que en ese marco legal, al establecerse que no son evidentes las vulneraciones alegadas en el recurso, corresponde aplicar los arts. 271-2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., por la permisión de los arts. 663 del R. Cód. S.S. y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y de Adquisición,

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el num. 1 del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 247-248, sin costas en aplicación del art. 39 de la L. Nº 1178 (SAFCO) de 20 de julio de 1990