Que, la enunciación de algún fallo judicial o la cita de algunas leyes como infringidas,
Que, la enunciación de algún fallo judicial o la cita de algunas leyes como infringidas, no suplen de ninguna manera la ausencia del precedente, que debió invocarse con precisión y fundamentación, tanto en apelación restringida como en casación. Así, Jimmy Dieter Cáceres Loayza, sólo en su recurso de casación, cita precedentes contradictorios como los Autos Supremos Nros. 398/06 (no cita fecha ni sala); 26/07 (idem); 237/07 (idem); 562/04 de 1/10/04; 196/05 de 3/06/2005; 575/04; (idem); y, de la revisión de los merituados Autos Supremos éstos corresponden a delitos como estafa, violación, estelionato, lesiones leves y ninguno de ellos se refiere a los delitos juzgados de robo agravado y secuestro en grado de tentativa, es más, no se señala con claridad los Autos Supremos apuntados, tampoco se indica a qué salas y fechas corresponden, pues no sólo debe limitarse a efectuar una relación de los hechos, argüir que el Tribunal de alzada hubiera realizado una errónea valoración de la prueba de cargo y descargo, etc; asimismo, los imputados son penalmente imputables, al contar con dieciochos años de edad tal como se colige a fojas 3 de obrados (pliego acusatorio)
- PARTES: Ministerio Público c/Raúl Alex Almanza Céspedes y Jimmy Dieter Cáceres Loayza
- CONSIDERANDO: Que previo juicio oral, público, contradictorio y contínuo, se dictó la Sentencia de 22
- Que, en apelación la Corte ad quem reseña: "en fecha 2 de septiembre del 2006
- Contra este fallo, recurren de casación los procesados Raúl Alex Almanza Céspedes (fojas 97 a
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa vigente y la jurisprudencia establecida por el Supremo
- Que, examinados los recursos de casación con objetividad e imparcialidad y al amparo de los
- De lo expuesto, se evidencia que el recurso de casación intentado no llena el voto
- Que, la enunciación de algún fallo judicial o la cita de algunas leyes como infringidas,
- Esta forma de deducir el recurso de casación, sin base legal y substancia jurídica que
- En consecuencia, al no concurrir los requisitos previstos en el último periodo de los artículos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
