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    Auto Supremo AS/0561/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0561/2010

    Fecha: 08-Nov-2010

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    • AUTO SUPREMO Nº 561 Social Sucre, 08 de noviembre de 2010
    • PARTES: Pedro Ríos Gutiérrez c/ Industrias Canelas Ltda
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Serafín
    • CONSIDERANDO I: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: Que mediante
    • Que ante el hecho que esa sentencia fue confirmada en parte por el mencionado Auto
    • Que los fundamentos expuestos como base de ese recurso, corresponden al siguiente detalle
    • b) Además añadió que Pedro Ríos Gutiérrez entró en flagrante contradicción al momento de responder
    • c) En consecuencia señala que por ningún motivo deben reconocerse los duodécimos de aguinaldo del
    • d) Así también para los fines de su petitorio de casación en la forma el
    • e) Con lo expuesto, solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo o en
    • CONSIDERANDO II: Que en mérito a esos antecedentes y efectuado acerca de ellos el correspondiente
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    • POR TANTO: la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia del
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
    • Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.

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