Auto Supremo AS/0564/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2010

Fecha: 16-Nov-2010

II


II.- Que la revisión también procede, "cuando los hechos tenidos como fundamento de la Sentencia resulten incompatibles con los establecidos por otra Sentencia penal ejecutoriada", al respecto el recurrente manifiesta que el Auto de Vista al revalorar la prueba, realizó doble juzgamiento, ya que el caso estaba decidido con la Sentencia absolutoria, por ello asegura existir dos resoluciones, quebrantando el principio del non bis in idem. Y Mencionando las Sentencias Constitucionales 716/2007-R y 551/2007-R, solicita se resuelva el recurso, disponiéndose la impugnación de la Sentencia y se dicte una nueva o se lo otorgue el derecho a un nuevo juicio